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Janina y Asociados Abogados

HIPOTECA MULTIDIVISA

HIPOTECA MULTIDIVISA

HIPOTECA MULTIDIVISA

La hipoteca multidivisa es un tipo de préstamo hipotecario cuyas cuotas se pueden pagar en una divisa diferente a la local, normalmente el yen o el franco suizo. Además el tipo de interés  no es el euribor con el que operan comúnmente las entidades bancarias de nuestro país sino el libor.

Los bancos ofrecieron estas hipotecas como un producto muy beneficioso sobre todo entre los años 2006 y 2008 cuando el euribor estaba en máximos históricos.

Con este tipo de hipotecas se operaba en divisas que en ese momento tenían un tipo de interés muy bajo.

El riesgo está en que el precio de una divisa depende de su cotización y este fluctúa continuamente lo que afecta a:

  • La cuota hipotecaria ya que variará con el precio de la moneda elegida
  • Al capital pendiente a amortizar al verse revalorizado al alza continuamente.

La hipoteca multidivisa es un producto complejo por eso las entidades financieras deberían haber informado a sus clientes de:

  • Cómo podía afectar la fluctuación de la divisa al préstamo hipotecario.
  • Mostrar los diferentes escenarios para que el cliente pudiera hacerse una idea de los riesgos que entrañaba la operación.

¿ QUIÉN PUEDE RECLAMAR LA HIPOTECA MULTIDIVISA?

Desde 2017 el Tribunal Supremo señala que este producto se comercializó de forma poco transparente, al  no informar convenientemente de los riesgos que implicaba.

Por lo tanto cualquier persona que haya contratado una hipoteca multidivisa puede reclamarla, incluso aquellas que hayan sido amortizadas.

¿CUÁLES SON LOS PASOS A SEGUIR?

Lo primero es contactar con la entidad bancaria y solicitar la conversión de la hipoteca a euros con el índice de referencia euribor. Y la devolución de los importes abonados de más mientras se pagaron las cuotas en otra moneda.

Si el banco ofrece cualquier tipo de acuerdo , no firmar ningún documento sin antes consultar con un abogado experto en la materia.

En el caso de que el banco no responda o que el acuerdo que ofrece no interese se puede presentar una demanda y que sea el Juzgado el que obligue a actuar a la entidad bancaria mediante sentencia.

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En Abogados Janina y Asociados podemos ayudarte, consúltanos sin compromiso.

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