CONVENIO REGULADOR
El Convenio Regulador es el documento en el que se plasman los pactos que alcanzan los cónyuges una vez deciden dar por terminada su relación.
¿Qué debe contener el Convenio Regulador?
- Quién disfrutará de la vivienda y propiedades familiares.
- Quién se quedará con la custodia de los hijos y el desarrollo del conjunto de derechos y deberes de los padres, las visitas, comunicaciones, etc.
- Cómo se dividirán las pensiones de alimentos a los hijos menores de edad, gastos de la vivienda, etc.
- La liquidación, si procede, del régimen económico del matrimonio.
- La pensión compensatoria que, en su caso deberá pagar un cónyuge al otro.
El Convenio Regulador es imprescindible y se debe acompañar a la presentación de la demanda. Este Convenio permite una cierta libertad de pacto entre los cónyuges, pero sólo llegará a ser vinculante si el juez, una vez comprobada su legalidad, lo incluye en la sentencia.
De lo contrario, el juez suplirá las carencias del Convenio presentado por los cónyuges, tras ofrecerles la posibilidad de modificarlo.
En el caso de no realizarse el Convenio Regulador será el Juez, en la sentencia, el que establezca las normas que regularán la relación entre los cónyuges (con quien se quedarán los niños, cual es el régimen de visitas, quien seguirá disfrutando de la vivienda familiar, etc)
¿Qué pasa si una de las partes incumple el Convenio Regulador?
Se puede obligar a la parte incumplidora a que lo cumpla, mediante la ejecución de lo establecido por ley.
¿Tiene consecuencias penales el incumplimiento del Convenio Regulador?
Incumplir el Convenio se puede considerar delito de abandono familiar. Será necesario denunciar en cualquier juzgado o Comisaría de Policía.
¿Se puede cambiar el contenido del Convenio una vez aprobado?
El Convenio Regulador, o las medidas adoptadas por el Juez en su defecto, podrían ser cambiadas judicialmente en un futuro si cambiasen las circunstancias acordadas.
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