
CUSTODIA COMPARTIDA
La custodia compartida es la situación legal, en caso de separación o divorcio, en la que ambos progenitores ejercen la custodia de sus hijos menores. Ésta debe darse en igualdad de condiciones y de derechos sobre los mismos.
¿Se puede pactar la custodia compartida de mutuo acuerdo?
No existe obstáculo legal para que las partes se pongan de acuerdo en un sistema de custodia compartida. Ésta se debe delimitar en el convenio regulador. En este documento se define la alternancia y los períodos en los que los hijos e hijas comunes vayan a permanecer en compañía de cada uno de los progenitores.
¿Puede establecer el Tribunal la custodia compartida a falta de acuerdo entre los progenitores?
Los tribunales la podrán fijar en los siguientes casos:
- Petición de una de las partes.
- Informe favorable del Ministerio Fiscal.
- En caso de que sólo de esa forma se proteja el interés de la menor o el menor.
¿Cómo se regulan los tiempos de alternancia?
No hay un tiempo preestablecido, serán las partes o el tribunal, a falta de acuerdo, quienes fijen en función de las circunstancias el período de alternancia. Estos pueden ser semanas, meses, trimestres escolares o anualidades.
La custodia compartida no tiene por qué suponer un reparto equitativo de los tiempos de convivencia de los hijos con cada progenitor. Lo importante es equiparar la dedicación en términos de tiempo y esfuerzo, para así crear los vínculos afectivos que permitan a los menores mantener tanto el referente paterno como materno.
Pensión de alimentos y custodia compartida
La custodia compartida de los hijos no excluye en modo alguno la pensión de alimentos a cargo de alguno de los progenitores, salvo en aquellos supuestos en que exista una igualdad salarial.
Por lo tanto, para fijar la contribución de cada progenitor a los alimentos y gastos de los hijos se tendrán en cuenta los ingresos y la situación económica de cada uno. En función de las posibilidades económicas de ambos tras la ruptura, se fijarán cuotas o porcentajes. Así, el que tenga la posición económica más desahogada estaría obligado a pasar una pensión mensual al progenitor con menos recursos para que éste pueda atender adecuadamente los gastos de los hijos cuando estén a su cargo.
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