DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO
Cuando una pareja decide dar el paso y poner fin a su relación definitivamente existen varias opciones de divorcio: divorcio de Mutuo Acuerdo o divorcio Contencioso.
Con el divorcio de Mutuo Acuerdo tenemos un procedimiento más rápido, sencillo y económico.
La pareja puede actuar representada por el mismo procurador y defendidos por un único abogado, aunque esto no implica que cada uno pueda ir acompañado con su propio abogado para negociar las cláusulas del convenio regulador.
Los cónyuges también pueden optar por el divorcio de Mutuo Acuerdo ante Notario y deberán estar asistidos al menos por un abogado.
En este caso, no se precisa la intervención del procurador. El divorcio ante Notario sólo es posible si no hay hijos menores no emancipados o con la capacidad modificada judicialmente que dependan de sus progenitores.
La documentación necesaria para un divorcio de Mutuo Acuerdo a presentar junto con la demanda es:
- El certificado literal de matrimonio.
- El certificado literal de nacimiento de hijos.
- Una propuesta de Convenio Regulador de acuerdo con lo establecido en la legislación Civil o bien el documento donde se establezca el acuerdo final alcanzado en el procedimiento de mediación.
En relación a los hijos, la pareja debe adoptar decisiones sobre tres aspectos importantes: quien tiene la custodia, cómo se organizan las visitas del cónyuge que no tiene la custodia y que pensión de alimentos va a recibir.
La custodia puede determinarse a favor de uno de los cónyuges o acordar que sea compartida por ambos.
El Convenio Regulador es el documento en el que se plasman las condiciones que marca el divorcio fruto del acuerdo entre las partes. Debe contener los siguientes aspectos:
- Uso y atribución de la vivienda y enseres.
- Las cargas económicas del matrimonio y la pensión de alimentos.
- El cuidado de los hijos, la patria potestad, el régimen de comunicación y estancia de los menores con el progenitor con el cual no vivan habitualmente.
- Si corresponde Pensión Compensatoria.
- La liquidación de Bienes Gananciales cuando proceda.
Una vez firmado el Convenio se presentará junto con la demanda y los documentos en el Juzgado de Familia. El Juez lo examinará y aprobará dictando sentencia.
Si hubiera hijos menores será necesario también un informe previo de Ministerio Fiscal que se encarga de examinar que dicho convenio no perjudique a los menores.
En abogados Janina y Asociados te acompañamos en todo este proceso, guiándote y asesorándote hasta la obtención de la Sentencia.